Oficina Local de Empleo y Desarrollo
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La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara en la sesión del tres de diciembre de dos mil catorce, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Modificar las Bases de la Convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo local de trabajadores desempleados en situación de emergencia social 2014, aprobadas por la Junta de Gobierno de fecha 26 de septiembre de 2014 y publicadas en el BOP de Guadalajara de fecha 31 de octubre de 2014 en los siguientes términos:
- En la Base Cuarta.- Conceptos subvencionables: Contratos y exclusiones.
Donde dice:
«Las subvenciones reguladas en las presentes bases se aplicarán a las contrataciones laborales que se hayan realizado a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 15 de diciembre de 2014»
Debe decir:
«Las subvenciones reguladas en las presentes bases se aplicarán a las contrataciones laborales que se hayan realizado a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, debiendo haber finalizado todos los contratos antes del 1 de mayo de 2015»
- En la Base Undécima. Pago y justificación de la subvención.
Donde dice:
«El plazo de justificación de las subvenciones concedidas será de un mes desde la finalización de los contratos objeto de subvención, y, en todo caso, antes del 31 de marzo de 2015».
Debe decir:
«El plazo de justificación de las subvenciones concedidas será de un mes desde la finalización de los contratos objeto de subvención, y, en todo caso, antes del 30 de junio de 2015.
El Alcalde de Guadalajara, Antonio Román Jasanada.